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Ley de Conservación de Fachadas en CABA (Ley 257/6116)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires existe una obligación legal clara: los propietarios deben mantener en buen estado las fachadas de sus inmuebles. La ley de conservación de fachadas que hay en la Ciudad de Bs. As. (Ley 257 / 6116) establece normas precisas para garantizar la seguridad, la higiene, la salubridad y la estética de los edificios. Conocerla y cumplirla no sólo evita sanciones: protege a los ocupantes y al espacio público.

Esta normativa, originada en la Ley 257 y actualizada por la Ley 6116, considera fachada tanto el frente del inmueble como los laterales y contrafrentes lindantes con el espacio público. El propietario está obligado a conservar en perfecto estado de uso, funcionamiento, seguridad e higiene cualquiera de sus partes visibles.

 
Ley de Conservación de Fachadas en CABA (Ley 257/6116)

Qué elementos deben mantenerse

La ley detalla (sin ser taxativa) una serie de componentes que requieren atención periódica:

  • Balcones, terrazas y azoteas

  • Barandas, balaustres y barandales

  • Ménsulas, cornisas, ornamentos y saledizos

  • Revestimientos (mármol, cerámicos, maderas, chapas metálicas)

  • Cerramientos de metal o madera con vidrios

El mantenimiento incluye renovación de materiales, revoque, pintura y reparación de cualquier elemento que presente deterioro o riesgo.

Periodicidad de la certificación técnica

Los propietarios deben acreditar una certificación técnica única e improrrogable sobre el estado de estos elementos. La frecuencia depende de la antigüedad del edificio:

  • 15 a 25 años: cada 15 años

  • Más de 25 a 35 años: cada 12 años

  • Más de 35 a 45 años: cada 10 años

  • Más de 45 a 55 años: cada 9 años

  • Más de 55 años: cada 5 años

  • Más de 70 años: cada 4 años

Existen algunas excepciones para inmuebles de baja altura o retirados de la línea oficial, según lo establecido en la normativa.

Por qué es importante cumplir la ley

El incumplimiento puede generar multas, intimaciones y, en casos graves, riesgos concretos para peatones y ocupantes. Además, una fachada en mal estado afecta el valor del inmueble, la imagen del consorcio y la calidad del entorno urbano. Cumplir la normativa es una responsabilidad legal y una inversión en seguridad y patrimonio.

Para más detalles oficiales sobre la obligación de conservar las fachadas, podés consultar la información publicada por la Legislatura: https://www.legislatura.gob.ar/posts/conservar-en-buen-estado-las-fachadas2444.html.

Cómo resolver el mantenimiento de fachadas

El cumplimiento de la ley requiere trabajos técnicos de reparación, revoque y pintura realizados por empresas especializadas. En N. Spinelli encontrarás un equipo con experiencia en aplicación de pintura de obra y mantenimiento de fachadas, tanto en edificios civiles como industriales. Ofrecen soluciones profesionales orientadas a la durabilidad, la seguridad y el cumplimiento de las normas vigentes.

Si tu edificio necesita intervención para cumplir con la ley de conservación de fachadas que hay en la Ciudad de Bs. As. (Ley 257 / 6116) o simplemente querés mantener la estética y seguridad del inmueble, te invitamos a conocer más en el sitio oficial. Allí podrás solicitar asesoramiento y presupuesto para trabajos de pintura y restauración de fachadas.

Conservar las fachadas no es solo una obligación legal: es una forma de cuidar el patrimonio edilicio, la seguridad de las personas y la calidad del espacio urbano que compartimos.